Funciones del presidente. El presidente de cada uno de los órganos de asesoría y coordinación de la Superintendencia de Sociedades tendrá, además de las funciones asignadas por cada órgano de asesoría y coordinación, las siguientes:
1. Dirigir las sesiones.
2. Señalar el orden del día, junto con el secretario.
3. Dirigir los debates.
4. Convocar a reuniones, por intermedio del secretario.
5. Firmar las actas de las reuniones.
6. Asignar a los miembros del comité u órgano de asesoría correspondiente, el estudio de asuntos que sean competencia de este.
7. Las demás que le correspondan, de acuerdo a la naturaleza del órgano de que se trate.
PARÁGRAFO. Cuando no se encuentre presente el Presidente del comité u órgano de asesoría correspondiente, o su delegado, y siempre que exista quórum para realizar la reunión, los miembros con voz y voto podrán designar un Presidente para la reunión.