Micelio

Artículo 56

Establecida La Necesidad De Aplicar Una Medida Sanitaria De Seguridad, La Autoridad Competente, Teniendo En Cuenta La Naturaleza Del Hecho Que Origina La Violación De Las Disposiciones Del Presente Decreto Y Demás Normas Sanitarias Que Lo Complementen Y De La Incidencia Sobre La Salud Individual O Colectiva, Impondrá La Medida Correspondiente

Decreto 1546 de 1998 · por el cual se reglamentan parcialmente las Leyes 9ª de 1979, y 73 de 1988, en cuanto a la obtención, donación, preservación, almacenamiento, transporte, destino y disposición final de componentes anatómicos y los procedimientos para trasplante de los mismos en seres humanos, y se adoptan las condiciones mínimas para el funcionamiento de las Unidades de Biomedicina Reproductiva, Centros o similares.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Establecida la necesidad de aplicar una medida sanitaria de seguridad, la autoridad competente, teniendo en cuenta la naturaleza del hecho que origina la violación de las disposiciones del presente decreto y demás normas sanitarias que lo complementen y de la incidencia sobre la salud individual o colectiva, impondrá la medida correspondiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1546 de 1998