Micelio

Artículo 14

La Junta Directiva Se Reunirá Ordinariamente Al Menos Una Vez Cada Mes, Y Extraordinariamente Cuando Sea Convocada Por El Presidente

Decreto 586 de 1941 · Por el cual se reglamenta la Ley 45 de 1933

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Junta Directiva se reunirá ordinariamente al menos una vez cada mes, y extraordinariamente cuando sea convocada por el Presidente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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