Micelio

Artículo 3

Ley 59 de 1940 · Por la cual se deroga un artículo del Decreto de carácter extraordinario número 1440, de julio 18 del presente año

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El artículo 5º del Decreto extraordinario número 1440 quedará así:

" El Ministerio de la Economía Nacional podrá autorizar a los molinos de trigo del país para mezclar a la harina de trigo hasta un veinticinco por ciento (25%) de almidón de yuca, siendo obligatorio a los expendedores hasta conocer del público la mezcla y su porcentaje."

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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