El control de asistencia de los Profesores a las clases o exámenes se hará por medio del Libro de Profesores que será llevado en la Jefatura o Dirección de Estudios del respectivo Instituto.
El libro a que se refiere este artículo tendrá el siguiente rayado: Columna A: Para la fecha (con tres subdivisiones para año, mes y día); Columna B: Para hora (las correspondientes a iniciación y terminación de clases); Columna C: Para materia tratada; Columna D: Para firma del Profesor; y Columna E: Para observaciones.
El Libro de Profesores Será revisado diariamente por el Jefe o Director de Estudios o por el personal que el Comandante o Director del Instituto designe para tal objeto, quien dejará constancia escrita y certificada con su firma de las faltas de asistencia de los profesores, y el motivo o motivos que las justifiquen si las hay.