La licencia no remunerada determina la suspensión del subsidio respecto al mes calendario en que se haya dejado de prestar servicios a la nación por más de quince (15) días con motivo de tal licencia.
Decreto 1091 de 1968 →Vigente
Artículo 13
La Licencia No Remunerada Determina La Suspensión Del Subsidio Respecto Al Mes Calendario En Que Se Haya Dejado De Prestar Servicios A La Nación Por Más De Quince (15) Días Con Motivo De Tal Licencia
Decreto 1091 de 1968 · Por el cual se reglamenta el Decreto número 717 (mayo 13) de 1968, que dispuso el pago del subsidio familiar a los empleados civiles y trabajadores oficiales de la Nación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.