Micelio

Artículo 13

La Licencia No Remunerada Determina La Suspensión Del Subsidio Respecto Al Mes Calendario En Que Se Haya Dejado De Prestar Servicios A La Nación Por Más De Quince (15) Días Con Motivo De Tal Licencia

Decreto 1091 de 1968 · Por el cual se reglamenta el Decreto número 717 (mayo 13) de 1968, que dispuso el pago del subsidio familiar a los empleados civiles y trabajadores oficiales de la Nación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La licencia no remunerada determina la suspensión del subsidio respecto al mes calendario en que se haya dejado de prestar servicios a la nación por más de quince (15) días con motivo de tal licencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1091 de 1968