Ejecutada la sanción disciplinaria, el tallador de primera instancia remitirá copia de la decisión a la unidad donde repose la hoja de vida del sancionado para el correspondiente registro; así mismo, comunicará tal decisión, en un término máximo de diez (10) días, a la Procuraduría General de la Nación y a la Inspección General de la Policía Nacional.
SANCIONES PARA LOS AUXILIARES DE POLICÍA