Micelio

Artículo 2

El Numeral 3 Del Artículo 1° Del Decreto 2148 De 2009 Quedará Así: “3

Decreto 4487 de 2009 · por medio del cual se desarrollan la Ley 527 de 1999 y los Decretos 627 de 1974, 2132 de 1992 y 2148 de 2009.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El numeral 3 del artículo 1° del Decreto 2148 de 2009 quedará así: “3. Asistirán a las deliberaciones en que se traten asuntos de su competencia, como miembros no permanentes, sin derecho a voto: - Directores de departamentos administrativos no contemplados en el numeral anterior. - Directores o gerentes de organismos descentralizados. - Demás funcionarios públicos invitados por el Presidente de la República o el Secretario de los Consejos”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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