Funciones de la Dirección de Acceso a la Justicia. Son funciones de la Dirección de Acceso a la Justicia las siguientes
Desarrollar las políticas públicas en materia de acceso a la justicia.
Asesorar a las autoridades administrativas del orden municipal, departamental y nacional en el desarrollo institucional y el diseño y aplicación de planes y programas relacionados con el acceso a la justicia y el mejoramiento de la convivencia ciudadana.
Establecer elementos para elaborar propuestas legislativas en materia de acceso a la justicia y mejoramiento de la convivencia ciudadana.
Diseñar, gestionar y participar en la ejecución de proyectos piloto para generar nuevos modelos de acceso a la justicia y mejoramiento de la convivencia ciudadana.
Diseñar estrategias para difundir, fomentar y mejorar el uso de los mecanismos alternativos de solución de conflictos y la relación entre los distintos operadores de justicia.
Generar protocolos de registro y procedimientos de sistematización de información relacionada con los temas a su cargo, así como recibir, procesar y analizar dicha información.
Cumplir con las funciones asignadas por la ley al Ministerio en materia de mecanismos alternativos de solución de conflictos.
Diseñar estrategias de educación legal y de asistencia jurídica a la comunidad en pequeñas causas en las materias que sean prioritarias relacionadas con las funciones del Ministerio y que resulten del análisis de la conflictividad social.
Definir y desarrollar programas tendientes a la promoción de la solución extrajudicial de conflictos, a la participación de la comunidad en los respectivos proyectos y a la capacitación necesaria para tal efecto.
Coordinar con los distintos operadores de justicia la administración de sistemas de acceso a la justicia y de fomento a los mecanismos alternativos de solución de conflictos.
Controlar y evaluar el cumplimiento de los objetivos, planes y programas de promoción a los mecanismos para la solución de conflictos.
Asesorar al Ministro en el ejercicio del control administrativo y de las atribuciones de suprema dirección del sector administrativo de justicia en relación con los temas a su cargo.
Las demás funciones que le sean asignadas conforme a su naturaleza.