Para obtener una patente de pesca marítima, las naves pesqueras de más de 10 toneladas, además de inscribirse en el Registro General de Pesca, deberán presentar al Ministerio de Agricultura copia auténtica que puede ser fotostática del certificado de matrícula y de la patente de navegación, sean éstos documentos nacionales o extranjeros.
Decreto 376 de 1957 →Vigente
Artículo 28
Para Obtener Una Patente De Pesca Marítima, Las Naves Pesqueras De Más De 10 Toneladas, Además De Inscribirse En El Registro General De Pesca, Deberán Presentar Al Ministerio De Agricultura Copia Auténtica Que Puede Ser Fotostática Del Certificado De Matrícula Y De La Patente De Navegación, Sean Éstos Documentos Nacionales O Extranjeros
Decreto 376 de 1957 · Por el cual se dictan normas sobre pesca en aguas colombianas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.