° Cumplido que sea lo dispuesto en el Artículo 2o., el Gobierno, previa la aprobación de los planos y presupuestos, proceda a ejecutar la obra de canalización del río Magdalena, y sus brazos la Loba y Mompos, ya por contrato, por administración, pudiendo ejecutar los trabajos por secciones y a medida que lo permita los recursos del Tesoro.
Ley 71 de 1914 →Vigente
Artículo 4
Ley 71 de 1914 · sobre canalización del río Magdalena y sus brazos de Loba y Mompós
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.