Micelio

Artículo 51

El Personal Administrativo Estará Integrado Por Empleador Públicos Y Trabajadores Oficiales, Cuyos Cargos O Empleos Deben Figurar En La Planta De Personal Correspondiente

Decreto 3146 de 1980 · Por el cual se aprueba el Estatuto General de la Universidad Pedagógica Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El personal administrativo estará integrado por empleador públicos y trabajadores oficiales, cuyos cargos o empleos deben figurar en la planta de personal correspondiente. Tienen la calidad de trabajadores oficiales les obreros que desempeñan funciones en construcción, preparación de alimentos, actividades agropecuarias, jardinería, aseo y mantenimiento de edificaciones o equipos. Los demás empleados administrativos tienen la calidad de empleados públicos.

Parágrafo

Se entiende por obreros para efectos del presente estatuto, el personal no calificado que desempeña las funciones antes citadas en forma eminentemente manual y repetitiva.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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