ARTICULO 49 . Son funciones de la División de Operaciones Especiales Aduaneras
Preparar y realizar operativos de revisión por sectores de la actividad económica nacional, para verificar el cumplimiento de las normas aplicables en los regímenes aduaneros de importación y exportación de mercancías;
Aprehender mercancías por contrabando e infracciones aduaneras y ponerlas a disposición de la autoridad competente;
Ejercer las funciones de Cuerpo Técnico de Policía Judicial, o de los organismos que hagan sus veces, en los términos previstos por la ley.