°. Los empleados que estén desempeñando cargos en propiedad de las dependencias adscritas a este Ministerio por el decreto legislativo número 0427 de 1952, cuya denominación y funciones no hayan cambiado, no necesitarán nuevos nombramientos ni posesión.
Decreto 481 de 1952 →Vigente
Artículo 6
Los Empleados Que Estén Desempeñando Cargos En Propiedad De Las Dependencias Adscritas A Este Ministerio Por El Decreto Legislativo Número 0427 De 1952, Cuya Denominación Y Funciones No Hayan Cambiado, No Necesitarán Nuevos Nombramientos Ni Posesión
Decreto 481 de 1952 · Por el cual se organiza el Ministerio de Minas y Petróleos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.