Micelio

Artículo 18

Son Funciones De La División De Personal: A) Desarrollar Las Actividades Relacionadas Con La Administración De Personal; Cumplir Y Hacer Cumplir Las Disposiciones Que Regulan La Materia; B) Llevar El Registro, El Control Y Las Estadísticas Del Personal Al Servicio De La Entidad, Tramitar Las Novedades Sobre El Particular Y Mantener Actualizada Dicha Información; C) Expedir Las Constancias Sobre Los Antecedentes Del Personal Y Demás Certificaciones Del Caso, De Conformidad Con Las Normas Y Procedimientos Sobre El Particular; D) Desarrollar Programas De Inducción, Capacitación Y Adiestramiento Para Él Personal Al Servicio Del Fondo; E) Ejecutar Los Programas De Bienestar Social Para Los Funcionarios De La Entidad; F) Rendir Informes Sobre Las • Actividades De La Dependencia; G) Las Demás Que Le Sean Asignadas Y Correspondan A La Naturaleza De La Dependencia

Decreto 810 de 1986 · por el cual se aprueba el Acuerdo número 003 de 1986, que establece la Estructura Orgánica del Fondo de Reconstrucción “Resurgir” y se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la División de Personal

a)

Desarrollar las actividades relacionadas con la administración de personal; cumplir y hacer cumplir las disposiciones que regulan la materia;

b)

Llevar el registro, el control y las estadísticas del personal al servicio de la entidad, tramitar las novedades sobre el particular y mantener actualizada dicha información;

c)

Expedir las constancias sobre los antecedentes del personal y demás certificaciones del caso, de conformidad con las normas y procedimientos sobre el particular;

d)

Desarrollar programas de inducción, capacitación y adiestramiento para él personal al servicio del Fondo;

e)

Ejecutar los programas de bienestar social para los funcionarios de la entidad;

f)

Rendir informes sobre las • actividades de la dependencia;

g)

Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. División de Servicios Administrativos

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 810 de 1986