Micelio

Artículo 3

Ley 70 de 1958 · Por la cual se nacionaliza una Escuela Normal Rural, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Nación, por intermedio del Ministerio de Educación, procederá a recibir del Departamento de Caldas, o del Municipio de Manizales, el lote de terreno que a título gratuito será cedido a la Nación, en la ciudad de Manizales, y construirá allí el edificio destinado al funcionamiento de la Escuela Normal Rural de Varones. Las construcciones serán planeadas y ejecutadas por el Ministerio de Educación, por intermedio de sus organismos denominados "Divisiones de Educación Campesina y de Arquitectura", para lo cual destinara de la partida global para construcciones, hasta la cantidad de quinientos mil pesos ($500.000.00).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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