Otorgamiento, suspensión y cancelación de licencias. El otorgamiento, suspensión y cancelación de licencias de funcionamiento para establecimientos públicos o privados de protección al menor y a la familia y a instituciones que desarrollen programas de adopción, lo realizarán los departamentos, distritos y municipios, sin perjuicio de que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar se reserve la revisión y revocatoria de tales actos, en los términos que lo establezca el reglamento.
Decreto 1137 de 1999 →Vigente
Artículo 18
Decreto 1137 de 1999 · por el cual se organiza el Sistema Administrativo de Bienestar Familiar, se reestructra el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.