Micelio

Artículo 19

Ley 28 de 1931 · Sobre Cámaras de Comercio

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Cámara de Comercio fijará los honorarios que los interesados deberá pagar a los arbitradores y los gastos de la protocolización antes de dar curso al memorial de arbitramento los interesados deberán consignar el valor de los honorarios y de los gastos mencionados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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