La Nación y el Departamento podrán tomar en préstamo las cantidades que fueren necesarias para constituir su aporte a la obra de que se trata, y si para tal fin les exigieren garantías específicas, podrán constituirlas de preferencia con la acciones, sin defecto de cualesquiera otras garantías adicionales que sean necesarias.
Ley 41 de 1939 →Vigente
Artículo 3
Ley 41 de 1939 · Por la cual se provee el establecimiento de la central hidroeléctrica del Lago de Tota, en el Departamento de Boyacá, y se adiciona la Ley 126 de 1938
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.