Plan Nacional de Acción Intersectorial para la Implementación de la Política Nacional de Envejecimiento y Vejez. A través del Plan Nacional de Acción Intersectorial para la Implementación de la Política Nacional de Envejecimiento y Vejez se definirán las metas, acciones, responsables, recursos e indicadores de gestión, resultado e impacto, de corto, mediano y largo plazo, de cada una de las líneas de acción establecidas en la Política Nacional de Envejecimiento y Vejez que se adopta a través del presente decreto, coherentes con las áreas de intervención establecidas en el artículo 17 de la Ley 1251 de 2008.
Dicho plan definirá la línea técnica a las entidades territoriales para la formulación y actualización de sus políticas de envejecimiento y vejez, las cuales incluirán los planes, programas y proyectos de promoción1 prevención y atención, con fundamento en la Política que aquí se adopta. Igualmente, determinará la línea técnica para la formulación de sus planes de acción territoriales, los cuales deberán incluir metas, acciones responsables, recursos e indicadores.
Las entidades aquí firmantes, dentro de los seis (6) meses siguientes a la expedición del presente decreto1 formularán el plan, en articulación con el Consejo Nacional de Personas Mayores1 el cual será expedido mediante acto administrativo por el Ministerio de Salud y Protección Social.
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