Inoponibilidad posterior de los mismos hechos . Los hechos que configuran excepciones previas, no podrán ser alegados como causal de nulidad por quienes tuvieron oportunidad de proponer dichas excepciones. SECCIÓN SEGUNDA REGLAS GENERALES DEL PROCEDIMIENTO TITULO VIII ACTUACION CAPITULO I Disposiciones varias
Decreto 1400 de 1970 →Vigente
Artículo 100
Inoponibilidad Posterior De Los Mismos Hechos
Decreto 1400 de 1970 · Por el cual se expide el Código de Procedimiento Civil
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.