Micelio

Artículo 6

Queda Facultado En Gobierno Nacional Para Transferir A La Caja El Valor De Sus Aportes En El Instituto, Por El Precio Que Se Determine En La Liquidación, A Cambio De Acciones De La Caja

Decreto 461 de 1956 · Por el cual se aumenta el capital de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, y se incorpora a ella el Instituto de Colonización e Inmigración

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Queda facultado en Gobierno Nacional para transferir a la Caja el valor de sus aportes en el Instituto, por el precio que se determine en la liquidación, a cambio de acciones de la Caja.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 461 de 1956