Los créditos administrativos que haya necesidad de abrir para atender los auxilios de acueductos, se abrirán de preferencia a cualesquiera otros que se hubieren decretado anteriormente.
Ley 37 de 1927 →Vigente
Artículo 3
Ley 37 de 1927 · Por la cual se prorroga la vigencia del artículo 4o de la Ley 107 de 1923 y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.