º Negociación de acciones. Las acciones son transferibles en los términos y condiciones que la ley y estos estatutos establecen. No obstante lo anterior, para que el acto produzca efectos respecto de la sociedad y frente a terceros, es necesaria la inscripción en el Libro de Registro de Accionistas, mediante documento escrito en que el cedente ordene tal inscripción, orden que puede darse mediante el endoso sobre el título respectivo. Previa la inscripción y expedición de un nuevo título debe efectuarse la cancelación del o de los títulos del tradente.
Decreto 1492 de 1994 →Vigente
Artículo 9
º Negociación De Acciones
Decreto 1492 de 1994 · por el cual se aprueban los estatutos Sociales de Fiduciar-Fiduciaria Popular S.A.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.