Micelio

Artículo 13

Decreto 1119 de 1986 · Por el cual se modifican la estructura y las funciones de la Dirección General de Crédito Público del Ministerio de Hacienda y Crédito Público

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la División de Financiamiento Interno

1.

Estudiar y tramitar las solicitudes de autorización de la Nación y de las demás entidades públicas para gestionar, contratar, garantizar, sustituir, refinanciar, consolidar y modificar operaciones de crédito interno.

2.

Participar en la gestión y negociación de las operaciones de crédito público interno.

3.

Orientar a las entidades públicas en lo referente al trámite de las autorizaciones para operaciones de crédito interno y encargos fiduciarios.

4.

Realizar los trámites requeridos para la celebración, validez y perfeccionamiento de las operaciones de crédito público interno.

5.

Estudiar, tramitar y administrar las emisiones de bonos y demás títulos de deuda pública interna.

6.

Elaborar los estudios financieros sobre las garantías exigidas para los préstamos que otorgue la Nación.

7.

Ejercer el control y vigilancia de las. operaciones de crédito y encargos otorgados por la Nación.

8.

Programar y controlar las solicitudes de desembolso de las operaciones de crédito interno, controlar el ingreso de los recursos correspondientes a la Tesorería General de la Nación y efectuar los análisis que correspondan sobre su manejo.

9.

Elaborar los estudios para la presentación a la Dirección General del Presupuesto del cálculo de los recursos de crédito interno y recuperación de cartera que deban ser incorporados en el Presupuesto de la Nación, y controlar su ejecución.

10.

Solicitar la expedición y ratificación de los acuerdos de gastos y llevar el control de la ejecución presupuestal.

11.

Notificar oportunamente a las entidades públicas prestatarias el monto del servicio de los créditos concedidos por la Nación, con el fin de que sean apropiadas las partidas respectivas en sus proyectos de presupuesto.

12.

Tramitar y controlar la oportuna presentación de las cuentas de cobro del servicio de las préstamos otorgados por la Nación e informar sobre su cumplimiento. 1.4. SUBDIRECCION OPERATIVA

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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