El control administrativo de la ejecución presupuestal será ejercido por el Director de la Corporación, quien velará además porque el desarrollo de los planes y programas se cumplan conforme a las disposiciones previstas en la ley, decretos reglamentarios, los presentes estatutos y posteriores normas del Consejo Directivo. CAPITULO VI CONTROL FISCAL.
Decreto 383 de 1985 →Vigente
Artículo 36
El Control Administrativo De La Ejecución Presupuestal Será Ejercido Por El Director De La Corporación, Quien Velará Además Porque El Desarrollo De Los Planes Y Programas Se Cumplan Conforme A Las Disposiciones Previstas En La Ley, Decretos Reglamentarios, Los Presentes Estatutos Y Posteriores Normas Del Consejo Directivo
Decreto 383 de 1985 · Por el se aprueban los estatutos de la Corporación Eléctrica de la costa Atlántico (CORELCA).
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.