Micelio

Artículo 10

Comité Evaluador

Decreto 921 de 2000 · por el cual se reglamenta la organización del Banco de Exitos de la Administración Pública y el otorgamiento del Premio Nacional de Alta Gerencia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Comité Evaluador . Para el desarrollo del Banco de Exitos el Departamento Administrativo de la Función Pública conformará y designará mediante resolución un Comité Evaluador, cuyos miembros serán renovados anualmente. El número de sus integrantes no podrá ser menor de tres (3), ni superior a siete (7). El Comité estará conformado por personas de reconocida idoneidad y especializadas en las temáticas correspondientes a evaluar. En su integración pueden tenerse en cuenta la participación de profesores universitarios, empresarios, representantes de los gremios, representantes de los organismos internacionales, delegados de otros gobiernos y miembros de los organismos de control. CAPITULO III Funcionamiento

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 921 de 2000