Micelio

Artículo 46

Decreto 706 de 1995 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 03 de 1991 en cuanto a la aplicación del subsidio familiar de vivienda en dinero para áreas urbanas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Anticipos de subsidio. La Junta Directiva del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, reglamentará la entrega de anticipos del subsidio, estableciendo las garantías respectivas. Para el caso de la Unidad Básica por Desarrollo Progresivo de que trata el artículo 21 del presente Decreto, con el fin de garantizar la construcción de la unidad de vivienda, por lo menos el treinta por ciento (30%) del subsidio se entregará cuando se acredite este hecho.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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