Micelio

Artículo 1

El Plan De Estudios Para Los Institutos De Educación Media Diversificada Reglamentada En El Decreto 1962 De 1969, Comprenderá Dos Núcleos De Asignaturas: Un Núcleo Común De Formación General, Obligatorio Para Todos Los Estudiantes, Y Otros, Formado Por Asignaturas Prevocacionales, Correspondientes A Las Áreas Modalidades Existentes En Cada Inem, Y Que El Alumno Escogerá, Con Ayuda Del Respectivo Consejero Y Según Sus Aptitudes, Intereses Y Aspiraciones

Decreto 363 de 1970 · Por el cual se reglamenta el plan de estudios de los Institutos Nacionales de Educación Media Diversificada.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El plan de estudios para los institutos de educación media diversificada reglamentada en el Decreto 1962 de 1969, comprenderá dos núcleos de asignaturas: un núcleo común de formación general, obligatorio para todos los estudiantes, y otros, formado por asignaturas prevocacionales, correspondientes a las áreas modalidades existentes en cada INEM, y que el alumno escogerá, con ayuda del respectivo consejero y según sus aptitudes, intereses y aspiraciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 363 de 1970