Los contratos que haga el Gobierno en desarrollo de la anterior autorización necesitan para su validez de la aprobación del Consejo de Ministros.
Ley 67 de 1926 →Modificado
Artículo 2
Ley 67 de 1926 · Sobre expropiaciones por causa de utilidad pública
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.