Contra las providencias dictadas por la Superintendencia de Sociedades Anónimas, sólo procede por la vía gubernativa el recurso de reposición, ejercitado ante el mismo Superintendente. Surtida la reposición, se entiende agotada dicha vía, y el acto sólo es acusable ante el Consejo de Estado, conforme al artículo 34 de la Ley 167 de 1941.
Decreto 2521 de 1952 →Vigente
Artículo 290
Contra Las Providencias Dictadas Por La Superintendencia De Sociedades Anónimas, Sólo Procede Por La Vía Gubernativa El Recurso De Reposición, Ejercitado Ante El Mismo Superintendente
Decreto 2521 de 1952 · Por el cual se reglamenta el Capítulo 2° del Título 7° del Libro 2° del Código de Comercio, la Ley 58 de 1931, el artículo 40 de la Ley 66 de 1947 y las demás disposiciones legales vigentes sobre sociedades anónimas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.