Los Miembros De Los Consejos Seccionales De Seguridad Podrán Delegar Su Representación En Un Funcionario De Su Dependencia, Con Excepción De Quienes Deben Presidirlos
Decreto 2840 de 1974 · Por el cual se organizan los Consejos Seccionales de Seguridad Social
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º. Los miembros de los consejos seccionales de seguridad podrán delegar su representación en un funcionario de su dependencia, con excepción de quienes deben presidirlos.
Parágrafo
La secretaria Ejecutiva de los Consejos Seccionales a que se refiere este Decreto, estará a cargo de la Secretaría General de la respectiva Gobernación, Intendencia o Comisaría, o de quien haga sus veces.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.