Quedan derogados los artículos 358 ordinal 2, 379 literal a), 397, 427, 437, 438, 439, 440, 441 y 442 del Código Sustantivo del Trabajo, artículo 1° de la Ley 65 de 1966 y demás disposiciones que sean contrarias a la presente ley.
Ley 50 de 1990 →Inexequible
Artículo 116
Ley 50 de 1990 · LEY 50 DE 1990, 28/12/1990, Por la cual se introducen reformas al Código Sustantivo del Trabajo y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
deroga Artículo 442 CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO de 1951deroga Artículo 441 CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO de 1951deroga Artículo 440 CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO de 1951deroga Artículo 438 CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO de 1951deroga Artículo 437 CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO de 1951deroga Artículo 427 CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO de 1951deroga Artículo 397 CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO de 1951deroga Artículo 379 CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO de 1951deroga Artículo 358 CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO de 1951deroga ley 65/66
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.