Artículo único. Adiciónase la primera liquidación del Presupuesto de Gastos del bienio de 1899 y 1900 con la suma de $ 6,000, imputable así: DEPARTAMENTO DE PENSIONES Y BIENES DESAMORTIZADOS CAPITULO 62 Pensiones y Bienes desamortizados Art. 395 A. Para pagar á la Sra. Rafaela Merchán, hija legítima del finado General Juan N. Merchán, la recompensa de que trata el artículo 2. ° de la Ley 54 de 1898 $6,000 Dado en Anapoima, Departamento de Cundinamarca, á 22 de Septiembre de 1899. MANUEL A . SANCLEMENTE El Ministro de Hacienda, encargado del Despacho del Tesoro, Carlos Calderón
Decreto 442 de 1899 →Vigente
Artículo 2
° De La Ley 54 De 1898 $6,000 Dado En Anapoima, Departamento De Cundinamarca, Á 22 De Septiembre De 1899
Decreto 442 de 1899 · Por el cual se adiciona la primera liquidación del presupuesto de gastos del bienio económico de 1899 y 1900
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.