º . Para efectos de garantizar debidamente el transporte de los electores el 30 de mayo de 1982, se dará aplicación al Decreto número 683 de marzo 5 del presente año que regula la forma de prestar ese servicio, sin contravenir el artículo 77 de la Ley 28 de 1979, mediante el cual se establece que durante las horas en que deban efectuarse las elecciones queda suspendido el tránsito de ciudadanos de un municipio a otro y de la cabecera municipal a los corregimientos, inspecciones de policía y sectores rurales y viceversa, en donde han de funcionar mesas de votación, lo mismo que el tránsito entre dichos corregimientos, inspecciones y sectores rurales.
Decreto 1467 de 1982 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1467 de 1982 · Por la cual se dictan normas sobre transporte para las elecciones del 30 de mayo de 1982
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.