ART 236. Derógase los artículos 31, 32 y 33 del Código Penal.
I. ORGANIZACION DE TRIBUNALES.
1.
MODO DE PROCEDER LOS TRIBUNALES - RECURSO DE CASACION.
Ley 153 de 1887 · Que adiciona y reforma los Códigos nacionales, la ley 61 de 1886 y la 57 de 1887
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
ART 236. Derógase los artículos 31, 32 y 33 del Código Penal.
I. ORGANIZACION DE TRIBUNALES.
MODO DE PROCEDER LOS TRIBUNALES - RECURSO DE CASACION.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.