Micelio

Artículo 5

Las Becas De Que Trata El Artículo 3° De Este Decreto Serán Adjudicadas Por El Ministerio De Correos Y Telégrafos, A Los Aspirantes Que, A Su Juicio, Reúnan Mejor Los Requisitos Siguientes: A) No Ser Menor De Quince Años Ni Mayor De Veinticinco

Decreto 1840 de 1924 · Por el cual se crea la Escuela de Telegrafía y se dictan algunas disposiciones al respecto

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las becas de que trata el artículo 3° de este Decreto serán adjudicadas por el Ministerio de Correos y Telégrafos, a los aspirantes que, a su juicio, reúnan mejor los requisitos siguientes

a)

No ser menor de quince años ni mayor de veinticinco.

b)

Ser aprobado plenamente en un examen de admisión que versará sobre Aritmética Gramática Castellana, Geografía de Colombia, Ortografía, Escritura y Lectura.

c)

Presentar dos certificados de personas conocidas en los que conste su buena conducta.

d)

Presentar dos certificados médicos para comprobar su buena salud.

e)

Prestar una fianza para garantizar su puntualidad y cumplimiento en la Escuela hasta terminar los cursos, y para garantizar también que una vez terminados los estudios, servirán durante dos años en el lugar que el Gobierno les señale.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1840 de 1924