ASOCIACIONES DEPORTIVAS. Las asociaciones deportivas, como organismos de derecho privado, estarán constituidas por un número mínimo de clubes deportivos o promotores o de ambas clases, para fomentar, patrocinar y organizar lapráctica de varios deportes, dentro del ámbito territorial del Departamento o del Distrito Capital, según el caso, e impulsarán programas de interés público y social.
No podrá existir más de una liga o asociación deportiva por deporte de gobernanza de organismos por discapacidad, deporte integrados al deporte convencional, deporte de gobernanza exclusiva de personas con discapacidad, deporte de gobernanza de 1 PC dentro de la correspondiente jurisdicción territorial.
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