Anualmente, en el mes de junio, la Sección de Estadística de la Dirección de Justicia formará cuadros estadísticos del movimiento de asuntos civiles penales, debidamente clasificados, de cada uno de los Juzgados y Tribunales Superiores y de la Corte Suprema. Con esos datos parciales se formarán cuadros de movimiento de los Circuitos y Distritos Judiciales. Y finalmente, se formará un cuadro estadístico del movimiento total de los asuntos judiciales de todo el país. CAPITULO VI División territorial judicial.
Decreto 190 de 1934 →Vigente
Artículo 40
Anualmente, En El Mes De Junio, La Sección De Estadística De La Dirección De Justicia Formará Cuadros Estadísticos Del Movimiento De Asuntos Civiles Penales, Debidamente Clasificados, De Cada Uno De Los Juzgados Y Tribunales Superiores Y De La Corte Suprema
Decreto 190 de 1934 · Orgánico del Departamento de Justicia del Ministerio de Gobierno
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.