°. Financiación en el pago de las obligaciones pensionales . Las obligaciones pensionales de que trata el presente decreto se financiarán con los recursos trasladados por Positiva Compañía de Seguros S. A., conforme al artículo 4° y previo descuento de las mesadas que hayan sido pagadas a partir del 1º de enero de 2015 por la aseguradora y hasta que esta obligación sea asumida por la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP) y el Fondo de Pensiones Públicas del Nivel Nacional (Fopep).
Decreto 1437 de 2015 →Vigente
Artículo 6
Financiación En El Pago De Las Obligaciones Pensionales
Decreto 1437 de 2015 · por el cual se reglamenta el artículo 80 de la Ley 1753 de 2015
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.