° Ábrese al Ministerio de Fomento un crédito extraordinario hasta por cien mil pesos ( $ 100,000 ) , imputable el Presupuesto de gastos para la vigencia actual, así : MINISTERIO DE FOMENTO. Cap. 88.-Obras públicas. Art. 372. Para la continuación de las obras de defensa de la ciudad de Cartagena, hasta cien mil pesos ($ 100,000)
Decreto 708 de 1887 →Vigente
Artículo 1
Ábrese Al Ministerio De Fomento Un Crédito Extraordinario Hasta Por Cien Mil Pesos ( $ 100,000 ) , Imputable El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Actual, Así : Ministerio De Fomento
Decreto 708 de 1887 · Por el cual se abre un crédito extraordinario al Ministerio de Fomento
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.