Micelio

Artículo 1.2.14.2.3

Disposiciones Transitorias Para La Viabilización, Priorización Y Aprobación De Los Proyectos De Inversión Cofinanciados

Decreto 1821 de 2020 · Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sistema General de Regalías.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Disposiciones transitorias para la viabilización, priorización y aprobación de los proyectos de inversión cofinanciados. Entre tanto la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías define la instancia o entidad que viabiliza los proyectos de inversión cofinanciados con los recursos del 5% de mayor recaudo, el concepto de viabilidad será emitido de conformidad con el literal b) del artículo 1.2.14.2.1 del presente Decreto, salvo cuando dentro de las Asignaciones se encuentren aquellas donde la viabilidad sea responsabilidad de los OCAD Paz y CTel, en estos casos se deberá atender lo dispuesto en el artículo 4.1.1.6 del Acuerdo Único del SGR. Para la priorización y aprobación de los proyectos de inversión cofinanciados con otras Asignaciones del SGR, el Ministerio o Departamento Administrativo líder de la convocatoria deberá ser el primero en realizarla y continuarán las demás entidades o instancias competentes de acuerdo con el valor de recursos de cofinanciación aportados, iniciando por quien deba aprobar la fuente SGR con mayor porcentaje.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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