Examen previo de la petición de adjudicación. Presentada la solicitud, el Incoder verificará si el peticionario, su cónyuge o compañero permanente e hijos menores se hallan en cualquiera de las siguientes circunstancias
Son propietarios, poseedores u ocupantes a cualquier título de predios rurales en el territorio nacional.
Son o han sido adjudicatarios de tierras baldías.
Son o han sido beneficiarios de titulación de baldíos efectuada a las personas jurídicas a las cuales se encuentran asociados.
Están afectados por alguna prohibición, limitación o inhabilidad dispuesta en la ley para el señalado fin. Si la solicitud no cumple los requisitos exigidos, el Incoder advertirá al interesado para que la subsane dentro de los dos (2) meses siguientes; de lo contrario, se archivará la petición mediante providencia que se notificará personalmente al interesado.