Micelio

Artículo 6

Régimen Laboral

Decreto 916 de 2014 · por el cual se dictan disposiciones para el funcionamiento del Centro Binacional de Atención Fronteriza (Cebaf) de San Miguel.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Régimen laboral. Para el cumplimiento de las funciones a cargo de Colombia, las entidades participantes, podrán reubicar en la sede del Cebaf a los servidores de la planta de personal que se requieran. El servidor reubicado continuará rigiéndose por las normas laborales que aplican en la entidad donde se encuentra vinculado y la sede del Cebaf será su lugar habitual de trabajo, razón por la cual el ejercicio de la función no generará el pago de viáticos.

Parágrafo

En ningún caso se entenderá que la ubicación del empleo en el Cebaf de San Miguel, constituye ejercicio de funciones en territorio extranjero.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 916 de 2014