Las compras en* Bogotá y en el resto del -páís; de cuantía inferior a dos mil pesos ($ 2,000), se acreditarán simplemente con la orden de compra firmada por el vendedor, que será presentada, para el pago, con la cuenta de cobro y recibo; los de dos mil pesos ($ 2,000) a cinco mil pesos ($ 5,000), requieren la solemnidad de! contrato cuando lo determine el Consejo Directivo, y los de cuantían superior a cinco mil pesos ($ 5,000), necesitan contrato escrito con el concepto favorable del Consejo Directivo y la aprobación del Ministro de Hacienda y Crédito Público.
Artículo 13
Las Compras En* Bogotá Y En El Resto Del -Páís; De Cuantía Inferior A Dos Mil Pesos ($ 2,000), Se Acreditarán Simplemente Con La Orden De Compra Firmada Por El Vendedor, Que Será Presentada, Para El Pago, Con La Cuenta De Cobro Y Recibo; Los De Dos Mil Pesos ($ 2,000) A Cinco Mil Pesos ($ 5,000), Requieren La Solemnidad De! Contrato Cuando Lo Determine El Consejo Directivo, Y Los De Cuantían Superior A Cinco Mil Pesos ($ 5,000), Necesitan Contrato Escrito Con El Concepto Favorable Del Consejo Directivo Y La Aprobación Del Ministro De Hacienda Y Crédito Público
Decreto 251 de 1937 · Por el cual se reorganiza la Sección de Provisiones del Gobierno Nacional
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.