Micelio

Artículo 16

Decreto 1653 de 1982 · Por el cual se dictan los estatutos orgánicos de las Zonas Francas de Barranquilla, Manuel Carvajal Sinisterra, Cartagena, Santa Marta, Cúcuta y Buenaventura

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Quórum y votaciones. Las juntas Directivas podrán sesionar, deliberar y decidir válidamente con la presencia de por lo menos cuatro (4) de sus miembros. Las decisiones s e adoptarán por mayoría simple de votos.

Parágrafo

En todo caso, el quórum y las mayorías a que se refiere el presente artículo se determinarán con base en el número de miembros designados y posesionados. Los miembros de las Juntas Directiv as de Zonas Francas deberán tomar posesión de sus cargos ante el Presidente de la misma, excepto el delegado del Ministerio de Desarrollo, quien lo hará ante este último.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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