Micelio

Artículo 28

º

Decreto 4841 de 2008 · por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2009, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Cuando los órganos que conforman el Presupuesto General de la Nación posean bienes inmuebles que en la actualidad no se estén utilizando o que no sean necesarios para el desarrollo normal de sus funciones, deben desarrollar todas las actividades tendientes a cumplir con lo establecido en el artículo 8o de la Ley 708 de 2001 y sus decretos reglamentarios. Así mismo, cuando dichos órganos funcionen en inmuebles de propiedad de particulares en calidad de arrendatarios, deben efectuar las gestiones necesarias para su traslado a un inmueble que actualmente no se encuentre ocupado por otra entidad pública y que sea de su propiedad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4841 de 2008