º Comisiones. El Consejo Superior de Desarrollo Urbano y Vivienda Social podrá constituir las comisiones que considere necesarias, con la participación de algunos de sus miembros, determinando las necesidades y prioridades que para los temas y especialidades se requieran.
Decreto 1512 de 1991 →Vigente
Artículo 9
º Comisiones
Decreto 1512 de 1991 · por el cual se reglamenta el funcionamiento del Consejo Superior de Desarrollo Urbano y Vivienda Social.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.