° El monto mensual del subsidio que se crea por el presente Decreto será determinado periódicamente por la Corporación Financiera del Transporte, con la aprobación del Ministerio de Desarrollo Económico, teniendo en cuenta el monto global mensual que el Gobierno destine a estos efectos, y el número de vehículos a los que se les reconozca el subsidio. De todas maneras, el subsidio mensual por vehículo será una suma suficiente para que se cubra en forma equitativa los mayores costos del transporte que sobrevengan como consecuencia del alza del combustible. Los subsidios se fijarán determinando los costos específicos de las distintas ciudades del país y con tal fin la Corporación podrá fijar subsidios en sumas diferentes, teniendo en cuenta las diferencias de costos.
La Corporación Financiera del Transporte disminuirá hasta suprimirlo, el subsidio para el transporte urbano colectivo, a medida que sea posible establecer tarifas más costeables, sin afectar apreciablemente el costo de la vida.