Micelio

Artículo 3

Decreto 1618 de 1953 · Por el cual la Nación transfiere al Departamento del Magdalena el dominio y posesión del Hotel Tairona, de Santa Marta

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. Autorizase al Ministro de Fomento para que firme la escritura de cesión de los derechos de propiedad de qué trata el presente Decreto. Asimismo, queda autorizado el Ministro de Fomento para que por medio de comisionados suyos, haga entrega material del edificio y sus anexidades al Gobernador del Departamento del Magdalena, con la intervención de un representante de la Contraloría General de la República, diligencia de la cual se levantará un acta.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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